13 julio 2008

CNB (Consejo Nacional de Bibliotecologia)

EL CONSEJO NACIONAL DE BIBLIOTECOLOGÍA



El Consejo Nacional de Bibliotecología es un organismo creado por la Ley 11 de 1979 y reglamentado por el Decreto 865 de 1988, adscrito al Ministerio de Educación Nacional. No es un organismo gremial pero debe y está trabajando hombro a hombro con ASCOLBI y otras asociaciones profesionales.

El espíritu de la Ley fue conformarlo de tal manera que en él estuvieran representados los organismos que en su momento jugaban, y afortunadamente lo siguen haciendo, papel de capital importancia en el desarrollo de la bibliotecología, de la información y de sus elementos fundamentales en la praxis profesional: las bibliotecas, las unidades de información, las redes y sistemas, la misma enseñanza de la profesión y la Asociación de Bibliotecólogos como factor gremial.

Es por esto que, por fortuna, quedó conformado por representantes de los siguientes organismos: Ministerio de Educación, COLCUL TURA, COLCIENCIAS, ICFES, las escuelas de bibliotecología y ASCOLBI. Digo por fortuna, porque, quiérase o no, son estos entes los que de una u otra forma están liderando el desarrollo de las bibliotecas y el establecimiento de redes y sistemas de información teniendo en cuenta sus características y necesidades específicas.

Por otro lado, las escuelas deben intervenir en los aspectos formativo s y legales de la profesión y ASCOLBI, como organismo gremial nacional, en representación y defensa de los profesionales de la Bibliotecología.

Vale la pena cuestionar un poco la representatividad de otras asociaciones de profesionales, creadas en los últimos años, agrupando los egresados por universidades, las cuales se fortalecen en buena hora, pero aunque parezca contradictorio, gracias a la debilidad relativa de ASCOLBI.

Dado que ASCOLBI es la asociación reconocida por la Ley, es necesario pensar en la articulación formal, con ella, de las asociaciones de egresados para canalizar asi los intereses de todos los colegas y fortalecerla.

Un poco de historia:

Para muchos colegas, el Consejo Nacional de Bibliotecología es un ente desconocido. Sólo quienes han estado al tanto del desarrollo de la profesión a nivel gremial y legal, lo conocen y saben de su verdadero significado y trascendencia histórica, por cuanto es el organismo que nos permie legalmente ejercer el derecho de hacer respetar nuestra profesión.

Como se anotaba anteriormente, el Consejo fue creado por la Ley 11 de 1979 que, de la misma manera, reglamenta nuestra profesión. Sólo después de una lucha de varios años, encabezada por algunos colegas que en aquel entonces trabajaban por la, relativamente nueva en nuestro país, profesión de Bibliotecología, se logró el reconocimiento legal de la misma.

Aunque la Ley presenta algunas imprecisiones que desafortunadamente no pudieron aclararse en el momento oportuno, marcó, sin lugar a dudas, el momento más importante desde el punto de vista legal y social, de reconocimiento de la actividad profesional del Bibliotecólogo en Colombia.

Muy recientemente promulgada la Ley, se estableció el primer Consejo según lo prescrito en ella y se empezó a trabajar con gran entusiasmo en lo relacionado con la reglamentación misma del Consejo, la reglamentación de la Ley, su operatividad y el Código de Ética.

Este Consejo tuvo una vida relativamente corta pues, a causa de la disolución, por así decirlo, de ASCOLBI o de la gran crisis que azotó a nuestra Asociación en los años 80-84, el Consejo perdió sus cuatro representantes (dos principales y dos suplentes) y esto, sumado a que los demás organismos de Ley no nombraban sus delegados, ocasionó, a la vez, la inoperancia del Consejo.

Fué sólo a raiz de la nueva reestructuración y consolidación de ASCOLBI, que se reactivaron los esfuerzos para lograr la conformación reciente del Consejo Nacional de B bibliotecología.

Tomado de:

Cardona de Gil, Bertha Nelly. "Consejo Nacional de Bibliotecología". Vol 1 NO. 2 (Segundo semestre 1988): p14-17


Funciones

Velar por el cumplimiento del Código de Ética.
Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones comprobadas, a las disposiciones legales que reglamenten  el ejercicio profesional de la Bibliotecología y solicitar las sanciones que la ley ordinaria fije para los casos de ejercicio ilegal de la profesión.
Presentar anualmente al Ministerio de Educación Nacional los programas de funcionamiento y de inversión.
Velar por el cumplimiento de la Ley 11 de 1979, de los decretos reglamentarios y de las demás disposiciones legales relativas a la profesión.
Expedir acuerdos que aseguren el fiel cumplimiento de las actividades relativas al Consejo Nacional de Bibliotecología.
Conocer de la representación del país en foros, seminarios o eventos internacionales que se realicen sobre bibliotecología.
Vincular laboralmente, de acuerdo con las normas legales vigentes, el personal que sea necesario para el cabal cumplimiento de las funciones que le asigna la ley.
Definir y divulgar sus decisiones y actividades Las demás que le asigne la ley.

Composición

* Un (1) representante del Ministerio de Educación Nacional
* Un (1) representante del Ministerio de Cultura
* Un (1) representante del Icfes
* Un (1) representante de Colciencias
* Dos (2) consejeros nacionales principales y dos suplentes, escogidos en Asamblea convocada para tal efecto por la Asociación Colombiana de Bibliotecarios
* Un (1) representante por las escuelas o facultades de bibliotecología que funcionen en Colombia y que estén debidamente aprobadas por el Estado

Los integrantes del Consejo Nacional de Bibliotecología deben ser ciudadanos colombianos que posean matrícula profesional de bibliotecólogo.


Matrícula y Tarjeta Profesional

Requisitos para la expedición de la matrícula y la tarjeta profesional de bibliotecólogo:
1.Carta de solicitud dirigida al Consejo Nacional de Bibliotecología, indicando dirección completa, teléfonos y dirección electrónica.
2.Fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería, según el caso.
3.Constancia original de registro del título expedida por la institución de educación superior o por la Secretaría de Educación correspondiente, donde se acredite la calidad de bibliotecólogo.
4.Resolución del Director del ICFES mediante la cual se reconoce y convalida el título obtenido como profesional de la Bibliotecología. Este requisito se exige únicamente a las personas cuyo título haya sido obtenido en el exterior.
5.Recibo de pago de los derechos correspondientes:

           Entidad Financiera: Banco de Bogotá.   

           Nombre de la Cuenta: Consejo Nacional de Bibliotecología

           Cuenta Corriente No. 038-31715-2

           Valor: $267.000 (vigente para el 2011)

    6.   Dos (2) fotografías tamaño 3 x 4 en color con fondo blanco


Reunido los requisitos, la documentación debe entregarse o enviarse por correo certificado a la siguiente dirección:

Consejo Nacional de Bibliotecología
Calle 21 No. 6-58 Of. 404
Bogotá, D.C.
Teléfono: (+1) 282 36 20

Fax: (+1) 282 54 87 


Presidentes del CNB


Bertha Nelly Cardona de Gil (1988 - 1991)
Camilo Rojas Leon (1991- 1993)
Leon Jaime Zapata Garcia (1994 - 1996)
Jaime Vázquez Restrepo (2006 - 2007)
Edgar Allan Delgado Fuentes (2007 - 2010)
Héctor José Rodríguez ( 2015-2017   )
Nelson Javier Pulido Daza (2018-2020)
Claudia Virginia Becerra Márquez (2020-    )

Información de Contacto

Consejo Nacional de Bibliotecología
Calle 21 No. 6-58 Of. 404
Bogotá, D.C.
Teléfono: (+1) 282 36 20
(+571)8057648
Fax: (+1) 282 54 87


http://www.cnb.gov.co/



Saúl Sánchez Toro, como Presidente de ASCOLBI, le correspondió reactivar el Consejo Nacional de Bibliotecología, CNB,  creado mediante Ley 11 de 1979 y el cual nunca había operado.  Se contactó a las entidades que integraban el Consejo para que nombraran sus representantes logrando integrarse una nomina de lujo que fué la que consiguió que este organismo se convirtiera en el motor de la bibliotecología en Colombia. El CNB empezó a sesionar en el mes de agosto de 1987. Las primeras acciones que desarrolló fueron las de sacar un decreto reglamentario de la Ley 11 de 1979 el cual fue sancionado como decreto 865 de mayo 5  de 1988 por el Dr. Antonio Yepez Parra, Ministro de Educación Nacional.


 La primera junta del Consejo estuvo integrada por:


Bertha Nelly Cardona de Gil (Presidente - Representante del ICFES), 
Blanca Riascos Sánchez (Vicepresidente Principal - Delegada principal ASCOLBI),
Mary Luz Isaza de Pedraza (Secretaria- Representante Mineducación),  
Lucía Reyes (Tesorera - Representante COLCULTURA), 
Isabel Forero de Moreno (Secretaria Suplente - Representante COLCIENCIAS),
Camilo Rojas León (Delegado suplente - ASCOLBI) , 
Moises Pedraza Robayo (Representante Escuelas de Bibliotecología), 
León Jaime Zapata García (Delegado suplente ASCOLBI) y 
Saul Sánchez Toro (Presidente _ASCOLBI).




Saúl Sánchez Toro, Lucia Reyes, Camilo Rojas, Bertha Nelly Cardona (presidente)
Moisés Pedraza R., Blanca Riascos S., León Jaime Zapata
e Isabel Forero de Moreno



Fue este Consejo Nacional de Bibliotecología quien modificó el antiguo logo de la Asociación y estableció el que hasta hoy (2021) sigue vigente


 


A esta Junta le correspondió  discutir y aprobar el borrador que el Congreso aprobara como decreto 865 del 5 de mayo de 1988, que reglamenta la Ley 11 de 1979, mas conocida como “Ley del bibliotecólogo” y también tuvo bajo su responsabilidad emitir las primeras tarjetas de acreditación 
profesional, en el país.


También a este Consejo le correspondió aprobar el logo símbolo que hasta rige a dicha entidad y cuyo diseño es del colega Camilo Rojas León , lo mismo que el anterior logo mencionado de la Asociación: 


Consejo Nacional de Bibliotecología 2021-2023

 

Claudia Virginia Becerra Márquez. Delegada del Colegio Colombiano de Bibliotecología - ASCOLBI. PRESIDENTE

Nelson Javier Pulido Daza. Delegado de las Escuelas y Facultades de Bibliotecología. VICEPRESIDENTE

Claudia Fernanda Villalba Castro. Delegada del Colegio Colombiano de Bibliotecología- ASCOLBI.SECRETARIA

Carlos Arturo Montoya Correa. Delegado de la Asociación de Egresados de Bibliotecología - Antioquia ASEIBI

Raquel Miranda Avendaño. Delegada de la Asociación de Unidades de Información de las Instituciones de Educación Superior de las Costa Atlántica – ASOUNIESCA

Myriam Marín Pedraza. Delegada del Ministerio de Cultura. MINCULTURA

Carlos Núñez Soriano. Delegado del Departamento Administrativo de Ciencia Tecnología e Innovación – COLCIENCIAS

Isabel Forero de Moreno. Suplente de la Asociación de Egresados de Bibliotecología y Archivistas de La Universidad De La Salle - ASEBIAR


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